# Baja por enfermedad y permiso por nacimiento como autónomo

> Qué cobra un autónomo en Euskadi si enferma, se lesiona o tiene un hijo: la prestación de la mutua, 19 semanas de permiso al 100 % y la rebaja de la cuota.

- Página: https://autonomo.eus/es/steps/sick-leave
- Parte: Parte D: Gestiona tu negocio
- Para: Todos
- Última comprobación: 15 de octubre de 2026

Como autónomo estás protegido cuando no puedes trabajar. Tu mutua te paga la prestación por incapacidad temporal (baja por enfermedad) y la Seguridad Social te paga la prestación por nacimiento y cuidado de menor al 100 % de tu base. **Solo cobras si estás al corriente de tus cuotas, y en la baja por enfermedad tienes que presentar la solicitud a tu mutua en los 15 días siguientes al parte de tu médico.**

## Antes de empezar

- Tus cuotas de la Seguridad Social pagadas al día. Compruébalo en [Import@ss](https://portal.seg-social.gob.es/wps/portal/importass/importass), en "Consulta de deudas y pagos"
- El nombre de tu mutua colaboradora con la Seguridad Social. Aparece en el justificante que descargaste al [darte de alta en la Seguridad Social](https://autonomo.eus/es/steps/register-social-security)
- Tu identidad digital: [Cl@ve](https://autonomo.eus/es/steps/clave) o tu [certificado de la FNMT](https://autonomo.eus/es/steps/fnmt-certificate)
- Tu tarjeta sanitaria (TIS), para ir a tu médico de Osakidetza. Consulta [Consigue tu tarjeta sanitaria](https://autonomo.eus/es/steps/health-card)
- El número de tu cuenta bancaria (IBAN)
- Para un nacimiento: tu pasaporte o TIE, el certificado de nacimiento del bebé o el libro de familia y, para la madre, el informe de maternidad de Osakidetza

## Baja por enfermedad

La baja por incapacidad temporal (a menudo solo "la baja") te paga una cantidad diaria mientras un médico diga que no puedes trabajar. El dinero te lo paga tu mutua, no directamente la Seguridad Social. Las reglas son distintas para una enfermedad común y para un accidente de trabajo.

|                     | Enfermedad común o accidente no laboral                           | Accidente de trabajo o enfermedad profesional       |
| ------------------- | ----------------------------------------------------------------- | --------------------------------------------------- |
| Quién te da la baja | Tu médico de Osakidetza en tu centro de salud                     | El médico de tu mutua                               |
| Se cobra desde      | El día 4 de la baja                                               | El día siguiente al inicio de la baja               |
| Cuánto              | El 60 % de tu base del día 4 al día 20, y el 75 % desde el día 21 | El 75 % desde el día siguiente al inicio de la baja |
| Cotización mínima   | 180 días cotizados en los 5 años anteriores a la enfermedad       | Ninguna                                             |
| Cuotas al corriente | Obligatorio                                                       | Obligatorio                                         |

Tu base reguladora es la base de cotización que elegiste al fijar tu cuota. Consulta [Entiende tu cuota mensual](https://autonomo.eus/es/steps/monthly-fee). Con una base más alta, cobras más durante la baja.

Si debes cuotas, la Seguridad Social te hace una "invitación al pago": tienes 30 días para pagar la deuda y conservar el derecho a la prestación.

**Tu cuota durante la baja.** Sigues pagando tu cuota mensual los primeros 60 días. A partir del día 61 de la baja, tu mutua paga la cuota por ti, por todas las contingencias, hasta que te den el alta. No tienes que pedirlo: se deriva del parte de baja y de tu prestación.

**Quién lleva tu negocio.** En los 15 días siguientes al parte de baja, tienes que comunicar a la mutua quién gestiona tu negocio mientras estás de baja, o que lo has cerrado temporalmente. Es la declaración de situación de la actividad. Si la baja es larga, la mutua puede pedirte una nueva declaración cada seis meses. Sin esta declaración, se suspenden tus pagos.

**Tus partes médicos.** Tu médico te da una copia del parte de baja. Desde el 1 de abril de 2023 el servicio de salud envía los datos directamente a la Seguridad Social, así que ya no entregas copias en papel a nadie, pero tu mutua sigue necesitando tu solicitud. Los partes de confirmación llegan cada cierto tiempo: en una baja prevista de 5 a 30 días, la primera revisión es en un plazo de 7 días y después como máximo cada 14 días; de 31 a 60 días, como máximo cada 28 días; de 61 días o más, como máximo cada 35 días. Acude a ellas. Si faltas a una revisión, te pueden dar el alta. El parte de alta pone fin a la baja y a tus pagos.

En Euskadi el control médico de las bajas lo comparten la Inspección Médica del Gobierno Vasco, el INSS y las mutuas. Cualquiera de ellos puede revisar tu baja.

## Permiso por nacimiento y cuidado de menor

La prestación por nacimiento y cuidado de menor sustituye a lo que antes se llamaba baja de maternidad y de paternidad. Desde el 1 de enero de 2021 los dos progenitores tienen el mismo permiso, que no se puede ceder. También cubre la adopción, la guarda con fines de adopción y el acogimiento de un menor de 6 años durante más de un año.

**Cuánto dura.** Para nacimientos desde el 31 de julio de 2025, cada progenitor tiene 19 semanas (32 semanas en familias monoparentales). La ley fija las semanas para los trabajadores por cuenta ajena, y la ley de los autónomos dice que tus periodos coinciden con los suyos en duración y distribución. Se reparten así:

- 6 semanas justo después del nacimiento, a jornada completa, para los dos progenitores. Son obligatorias.
- 11 semanas más, seguidas o en bloques, antes de que el niño cumpla 12 meses.
- 2 semanas más, en cualquier momento antes de que el niño cumpla 8 años. Estas dos semanas se añadieron en 2025 y también se aplican a los niños nacidos a partir del 2 de agosto de 2024. Los padres de esos niños pueden pedirlas desde el 1 de enero de 2026.

La madre puede empezar hasta 4 semanas antes de la fecha prevista del parto. Después de las 6 semanas obligatorias, un autónomo puede disfrutar el resto a tiempo parcial, pero solo al 50 %.

**Cuánto cobras.** El 100 % de tu base, que paga el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social), no tu mutua. Tu base diaria es la suma de tus bases de cotización de los 6 meses anteriores al mes previo al nacimiento, dividida entre 180.

**Cotización mínima.** Depende de tu edad el día del nacimiento:

| Tu edad          | Cotización necesaria                                               |
| ---------------- | ------------------------------------------------------------------ |
| Menos de 21 años | Ninguna                                                            |
| De 21 a 25 años  | 90 días en los últimos 7 años, o 180 días en toda tu vida laboral  |
| 26 años o más    | 180 días en los últimos 7 años, o 360 días en toda tu vida laboral |

Tienes que estar de alta y al corriente de tus cuotas. La invitación al pago de 30 días también se aplica aquí.

**Tu cuota durante el permiso.** Mientras disfrutas de este permiso, la Seguridad Social cubre el 100 % de la parte de contingencias comunes de tu cuota, salvo la pequeña parte que paga la baja por enfermedad. La bonificación se calcula sobre tu base media de los últimos 12 meses. La misma bonificación se aplica en la prestación por riesgo durante el embarazo y en la de riesgo durante la lactancia natural. Una madre que cesa su actividad por un nacimiento y vuelve a empezar en un plazo de 2 años tiene una bonificación del 80 % en la parte de contingencias comunes de su cuota durante 24 meses.

**Riesgo durante el embarazo y la lactancia.** Si tu trabajo supone un riesgo para tu embarazo, o para la lactancia natural de un bebé menor de 9 meses, y no puedes adaptarlo, tu mutua te paga el 100 % de tu base desde el día en que dejas de trabajar. No se exige cotización mínima. Pide a tu mutua el certificado médico de riesgo y presenta la solicitud en su web, con los recibos de tus cuotas de los últimos 3 meses y la declaración de situación de la actividad.

**Ayuda del Gobierno Vasco.** Aparte de la Seguridad Social, las familias que viven en Euskadi reciben 200 € al mes por cada hijo desde el nacimiento hasta el mes anterior a que cumpla 4 años, sin límite de ingresos. Tienes que llevar al menos 1 año empadronado en cualquier municipio vasco antes de la solicitud, o 5 años seguidos en los últimos 10, y tú y tu hijo tenéis que estar empadronados juntos. Pídela en los 3 meses siguientes al nacimiento para cobrar la cantidad completa; en 2026 el plazo se amplía hasta el 31 de diciembre de 2026. Solicítala en [Ayudas mensuales a familias con hijas o hijos](https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2026/ayudas-mensuales-a-familias-con-hijas-o-hijos/web01-tramite/es/) con tu [BakQ](https://autonomo.eus/es/steps/bakq) o en una [oficina de Zuzenean](https://autonomo.eus/es/steps/offices#contacta-con-zuzenean).

## Cómo hacerlo

**Baja por enfermedad**

1. Ve a tu médico de Osakidetza en tu centro de salud el primer día que no puedas trabajar. Si es un accidente de trabajo, ve al centro médico de tu mutua. Pide tu copia del parte de baja.
2. En un plazo de 15 días, solicita a tu mutua el pago directo de la prestación. Cada mutua tiene un servicio en línea para hacerlo; encuentra la tuya en la [lista de mutuas de la Seguridad Social](https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/InformacionUtil/39641/). Accede con Cl@ve o con tu certificado, o usa el formulario de la propia mutua.
3. Adjunta tu documento de identidad, el parte de baja, el justificante de pago de tus cuotas de los 2 meses anteriores a la baja, un justificante de que la cuenta bancaria es tuya y la declaración de situación de la actividad: quién lleva el negocio, o que está cerrado temporalmente.
4. Acude a todas las citas de revisión y guarda los partes de confirmación.
5. Sigue pagando tu cuota los primeros 60 días. A partir del día 61 la paga tu mutua.
6. Cuando el médico te dé el alta, el parte de alta pone fin a los pagos. Si cambiaste tu base de cotización durante la baja, el cambio se aplica desde el día siguiente.

**Permiso por nacimiento y cuidado de menor**

1. Inscribe el nacimiento en el Registro Civil y consigue el certificado de nacimiento o el libro de familia. La madre pide a Osakidetza el informe de maternidad.
2. Presenta la solicitud en línea en [Tu Seguridad Social](https://sede-tu.seg-social.gob.es/) con Cl@ve o con tu certificado. Cada progenitor solicita su propio permiso. El portal también puede simular tus semanas y tu importe antes de que lo solicites. Si no tienes identidad digital, usa el servicio del INSS [sin certificado](https://prestaciones.seg-social.es/). En papel, descarga el formulario de la [página de solicitudes de Import@ss](https://portal.seg-social.gob.es/wps/portal/importass/importass?1dmy&urile=wcm%3Apath%3A/wps/wcm/connect/importass/importass_contenidos/solicitudes/completar) y envíalo por correo a la dirección provincial del INSS o entrégalo en un CAISS con cita previa.
3. Elige cómo disfrutas tus semanas: las 6 semanas obligatorias y después las otras 11 en un bloque o en varios, a jornada completa o al 50 %. Si quieres la opción a tiempo parcial, firma la declaración del trabajador por cuenta propia sobre disfrute del descanso a tiempo parcial del INSS.
4. Adjunta tu documento de identidad, el certificado de nacimiento o el libro de familia y, para la madre, el informe de maternidad. Si todavía debes cuotas, págalas en los 30 días de la invitación al pago.
5. El INSS solo responde por notificación electrónica (Notificaciones telemáticas) en la web de la Seguridad Social. Revísala. Cuando aprueba la solicitud, el INSS te paga en tu cuenta.
6. El mes siguiente al inicio del permiso, revisa tu recibo de la cuota. Debe aparecer la bonificación del 100 % en la parte de contingencias comunes. Si no aparece, contacta con la TGSS. Consulta [cómo contactar con la Seguridad Social](https://autonomo.eus/es/steps/offices#contacta-con-la-seguridad-social).
7. Para las 2 semanas adicionales antes de que el niño cumpla 8 años, vuelve a solicitarlas en Tu Seguridad Social cuando quieras disfrutarlas.

## Dónde

- **Parte de baja:** tu centro de salud de Osakidetza. Encuéntralo con el [buscador de centros sanitarios de Osakidetza](https://www.osakidetza.euskadi.eus/buscador-de-centros-sanitarios-y-hospitales/webosk00-cercon/es/). Para los teléfonos, consulta [Contacta con Osakidetza](https://autonomo.eus/es/steps/offices#contacta-con-osakidetza). Tus informes médicos están en la [Carpeta de Salud](https://www.osakidetza.euskadi.eus/carpeta-de-salud/webosk00-sercon/es/) de Osakidetza.
- **Prestación por incapacidad temporal, accidentes de trabajo, riesgo durante el embarazo y la lactancia:** tu mutua, en línea o en sus centros de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa. La [lista de mutuas de la Seguridad Social](https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/InformacionUtil/39641/) incluye la web de cada una.
- **Prestación por nacimiento y cuidado de menor:** en línea en [Tu Seguridad Social](https://sede-tu.seg-social.gob.es/), o en persona en una oficina de la Seguridad Social (CAISS) con cita previa. Encuentra las oficinas en el [buscador de oficinas de la Seguridad Social](https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/OficinaSeguridadSocial/). Para la cita previa y los teléfonos, consulta [cómo contactar con la Seguridad Social](https://autonomo.eus/es/steps/offices#contacta-con-la-seguridad-social).
- **Ayuda vasca por hijos:** en línea en [euskadi.eus](https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2026/ayudas-mensuales-a-familias-con-hijas-o-hijos/web01-tramite/es/) o en [Zuzenean](https://autonomo.eus/es/steps/offices#contacta-con-zuzenean).

## Coste y plazos

- Coste: ninguno. Estas prestaciones forman parte de lo que pagas con tu cuota mensual.
- La prestación por baja empieza el día 4 en una enfermedad común y el día siguiente al parte de baja en un accidente de trabajo. Tu mutua paga cuando aprueba tu solicitud.
- Permiso por nacimiento: las 6 semanas obligatorias empiezan el día del nacimiento. Presenta la solicitud en cuanto tengas el certificado de nacimiento; el INSS paga cuando aprueba la solicitud.
- Ayuda vasca por hijos: solicítala en los 3 meses siguientes al nacimiento para cobrar la cantidad completa.

## Errores frecuentes

- Deber cuotas cuando te pones enfermo o cuando nace el bebé. Tienes una sola oportunidad de 30 días para pagar. Si no la aprovechas, pierdes la prestación.
- No cumplir el plazo de 15 días para enviar a la mutua tu solicitud y la declaración de situación de la actividad. Los pagos se suspenden hasta que llegue.
- Seguir llevando tú mismo el negocio y facturando mientras estás de baja total. La declaración dice que otra persona lo lleva o que está cerrado. Los inspectores de la mutua, del INSS o de la Inspección Médica vasca pueden comprobarlo, y tendrías que devolver el dinero.
- Anular la domiciliación porque crees que no tienes que pagar la cuota. Durante la baja por enfermedad sigues pagando los primeros 60 días. Durante el permiso por nacimiento la bonificación solo cubre la parte de contingencias comunes de la cuota, no la cuota entera.
- Dar por hecho que se aplicó la bonificación del permiso por nacimiento. Revisa tu recibo de la cuota y pregunta a la TGSS si no aparece.
- Faltar a una cita de revisión con tu médico o con la Inspección Médica. Te pueden quitar la baja y los pagos.
- Olvidar los 200 € al mes del Gobierno Vasco. Es una solicitud aparte, con su propio plazo de 3 meses.

## Fuentes oficiales

- [Seguridad Social: guía para autónomos](https://portal.seg-social.gob.es/wps/portal/importass/importass/Colectivos/trabajo+autonomo/guia)
- [Decreto 87/2026 de ayudas a familias con hijos (BOPV, 1 de julio de 2026)](https://www.euskadi.eus/bopv2/datos/2026/07/2602963a.pdf), artículos 4 y 13
- [Seguridad Social: prestación por nacimiento y cuidado de menor](https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/6b96a085-4dc0-47af-b2cb-97e00716791e)
- [Revista de la Seguridad Social: cómo pedir la prestación por nacimiento y cuidado de menor](https://revista.seg-social.es/-/c%C3%B3mo-pedir-la-prestaci%C3%B3n-por-nacimiento-y-cuidado-de-menor)
- [Revista de la Seguridad Social: el permiso pasa de 16 a 19 semanas](https://revista.seg-social.es/-/el-gobierno-ampl%C3%ADa-en-tres-semanas-el-permiso-de-nacimiento-y-cuidado-de-menor-y-lo-incrementa-a-32-semanas-para-familias-monoparentales)
- [Revista de la Seguridad Social: 16 semanas para los dos progenitores desde enero de 2021](https://revista.seg-social.es/-/el-permiso-por-nacimiento-y-cuidado-de-menor-ser%C3%A1-de-16-semanas-para-ambos-progenitores-a-partir-de-enero)
- [Revista de la Seguridad Social: prestación por riesgo durante el embarazo](https://revista.seg-social.es/-/la-prestaci%C3%B3n-por-riesgo-durante-el-embarazo)
- [Revista de la Seguridad Social: prestación por riesgo durante la lactancia natural](https://revista.seg-social.es/-/prestaci%C3%B3n-por-riesgo-durante-la-lactancia-natural)
- [Seguridad Social: lista de mutuas](https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/InformacionUtil/39641/)
- [Tu Seguridad Social](https://sede-tu.seg-social.gob.es/)
- [Real Decreto 1273/2003: incapacidad temporal de los autónomos, días y porcentajes](https://www.boe.es/eli/es/rd/2003/10/10/1273/con)
- [Resolución de 4 de febrero de 2004: la declaración de situación de la actividad](<https://www.boe.es/eli/es/res/2004/02/04/(1)>)
- [Real Decreto-ley 13/2022: cuota pagada por la mutua a partir de 60 días, periodos de permiso de los autónomos](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-12482)
- [Real Decreto-ley 9/2025: 19 semanas de permiso por nacimiento](https://www.boe.es/eli/es/rdl/2025/07/29/9)
- [Real Decreto 1060/2022: partes de baja y plazos de revisión](https://www.boe.es/eli/es/rd/2022/12/27/1060)
- [Gobierno Vasco: Inspección Médica](https://www.euskadi.eus/informacion/inspeccion-medica/web01-a2inform/es/)
- [Gobierno Vasco: ayudas mensuales a familias con hijos](https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2026/ayudas-mensuales-a-familias-con-hijas-o-hijos/web01-tramite/es/)

Siguiente paso: [Pide la prestación por cese de actividad](https://autonomo.eus/es/steps/cese-actividad.md)

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