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¿Qué es el NIE?

El es el Número de Identidad de Extranjero, un número personal que la policía asigna a una persona extranjera para identificarla. Es un número, no la tarjeta. La tarjeta que acredita la situación legal en España es la TIE. Esta página describe el número. No dice que una persona concreta pueda tenerlo, y no explica una cita.

Qué es

El artículo 205 del reglamento aprobado por el Real Decreto 1155/2024 (se abre en una pestaña nueva) dice que las personas extranjeras a cuyo favor se inicie un procedimiento para obtener un documento que les habilite para permanecer en España, aquellas a las que se les haya incoado un expediente de extranjería, y aquellas que por intereses económicos, profesionales, sociales o de cualquier otra índole se relacionen con España, reciben, a efectos de identificación, un número personal, único y exclusivo, de carácter secuencial. El artículo dice que ese número personal es el identificador del extranjero. Debe figurar en todos los documentos que se le expidan o tramiten, y en las diligencias que se estampen en su pasaporte o documento análogo, salvo en los visados.

El mismo artículo dice que el NIE lo concede la Dirección General de la Policía. En los casos del primer apartado lo concede de oficio, con un límite en los visados: la concesión de oficio solo se aplica a los procedimientos de visado que permiten permanecer en España más de 90 días en cualquier periodo de 180 días sin una autorización de estancia de larga duración o de residencia temporal. La concesión de oficio no se aplica a quien se relaciona con España por intereses económicos, profesionales o sociales. Esas personas tienen que pedir el número a ese órgano. El artículo pone dos condiciones: que no se encuentren en España en situación irregular, y que comuniquen los motivos por los que piden el número. Esta página repite esas condiciones tal como las escribe el reglamento. No decide que quien lee las cumpla.

El artículo dice que la persona puede pedir el NIE personalmente a la Dirección General de la Policía, directamente o a través de una Oficina de Extranjería o de una comisaría. Si no está en España cuando lo pide, lo solicita a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras a través de una oficina consular española. El procedimiento debe resolverse en un máximo de cinco días desde la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente, y la resolución debe notificarse en ese plazo. Si el plazo acaba sin respuesta, se entiende que la solicitud ha sido desestimada. Las mismas reglas valen para los certificados de residente y de no residente.

La página de la policía para la asignación de NIE a instancia de la persona interesada (se abre en una pestaña nueva) describe ese caso a petición: asignación de NIE para extranjeros que se relacionen con España por intereses económicos, profesionales o sociales. Repite las dos condiciones, el plazo de cinco días y el silencio como desestimación. Dice que la solicitud se presenta ante la Dirección General de la Policía, directamente o a través de Oficinas de Extranjería o comisarías, y por los consulados si la persona no está en España. Los documentos que nombra son la solicitud de NIE y certificados (formulario EX15) y el justificante de la 790, código 012. El órgano competente que nombra es la Dirección General de la Policía. Cita la Ley Orgánica 4/2000 y el Real Decreto 1155/2024. Cómo pedir cita y qué llevar está en la guía, no aquí.

La tarjeta es otro documento. ¿Qué es la TIE? es esa definición. El artículo 206 del mismo reglamento enumera las formas de acreditar la situación de una persona extranjera en España, entre ellas el pasaporte, el visado, la resolución administrativa, la tarjeta de identidad de extranjero o el de residente y de no residente. El NIE es el número. La TIE es uno de los documentos.

La guía práctica de Import@ss (se abre en una pestaña nueva) menciona el NIE en una frase de la Seguridad Social: si eres extranjero y tu país de origen no pertenece a la Unión Europea, la guía dice que para darte de como autónomo necesitarás tu NIE, el y el permiso de trabajo y residencia. Eso es lo que la guía dice que pide el alta. No es una decisión sobre un caso de extranjería. El registro de la ciudadanía de la UE es otro trámite, en Regístrate como ciudadano de la UE. El alta fiscal, que no es este número, está en Date de alta en tu Hacienda.

Qué cambia en Euskadi

El NIE lo asigna la policía nacional, según el reglamento y la página de la policía. Esos textos no crean un número distinto para Álava, Bizkaia o Gipuzkoa, ni lo atribuyen a otro órgano en un territorio. El órgano que concede el NIE sigue siendo la policía nacional.

Dónde están los pasos

La tarjeta, la cita y la tasa de la TIE están en La tarjeta TIE. El registro de la UE está en Regístrate como ciudadano de la UE. La entrada breve del glosario está en el glosario. El alta fiscal que acompaña a instalarte está en Date de alta en tu Hacienda.

Última comprobación
Por Abdalsalaam Halawa

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Fuentes oficiales