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Parte C · Paso 7 de 9Ver los pasos

Date de alta en la Seguridad Social

Última comprobación
Para: Todos
Por Abdalsalaam Halawa

Darte de en la Seguridad Social como autónomo (alta en el RETA) hace legal tu trabajo y pone en marcha tu asistencia sanitaria pública y tu mensual. No sustituye a una autorización de trabajo. Date de alta el día en que empiezas, o hasta 60 días antes, con la misma fecha de inicio que en Hacienda.

Antes de empezar

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Qué te permite

Cómo hacerlo

  1. Abre el servicio de Alta en trabajo autónomo (se abre en una pestaña nueva), pulsa "Solicitar alta" e identifícate con Cl@ve o con tu certificado de la FNMT. Dentro de Import@ss, el servicio está en "Servicios" > "Altas, bajas y modificaciones" > "Afiliación y altas de trabajadores".
  2. Indica tu fecha de inicio: la misma que en tu alta en Hacienda. Tus cuotas empiezan en esa fecha.
  3. Indica tus códigos y . Para el IAE, elige también la administración tributaria donde te diste de alta: tu , no la .
  4. Indica la dirección donde vas a trabajar.
  5. Declara el rendimiento neto mensual medio que esperas. Con él se fija tu tramo de cuota. Después elige tu base de cotización dentro de ese tramo.
  6. Pide la tarifa plana si cumples los requisitos.
  7. Elige una mutua colaboradora con la Seguridad Social, la entidad que te cubre en caso de accidente de trabajo y enfermedad profesional.
  8. Indica tus datos de contacto y el IBAN para la domiciliación de la cuota mensual. Si la cuenta no está a tu nombre, necesitas también el documento de identidad y la autorización del titular.
  9. Revisa cada pantalla, confirma y descarga tu justificante de alta. Import@ss también guarda una copia en tu carpeta de documentos.

Dónde

Por internet, en Import@ss: Alta en trabajo autónomo (se abre en una pestaña nueva). La misma página tiene un botón "Calcular cuota". Para dudas sobre tu alta o tus cuotas, llama a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) al 915 410 291 o al 901 502 050, de lunes a jueves de 9:00 a 18:00 y los viernes de 9:00 a 14:30. Para otras formas de pedir ayuda, consulta cómo contactar con la Seguridad Social.

Coste y plazos

Errores frecuentes

  • Una fecha de inicio distinta de la de tu alta en Hacienda.
  • Darte de alta tarde. Cualquier alta posterior a tu fecha de inicio es tardía. Entonces cuenta desde el día 1 de ese mes, pierdes la tarifa plana y pagas las cuotas atrasadas con . Las cuotas atrasadas se calculan con una base de 950,98 € al mes en 2026. Si han pasado más de 30 días desde que empezaste, usa otro servicio de Import@ss (se abre en una pestaña nueva).

Fuentes oficiales

Siguiente pasoEntiende tu cuota mensual

Información gratuita e independiente. No es una web oficial de la administración ni una gestoría. Confirma los requisitos actuales con la autoridad antes de actuar. Las marcas de tu lista y el territorio que elijas se quedan en este dispositivo. ¿Has encontrado algo desactualizado? Escribe a a@halawa.io.