Parte D · Paso 1 de 9Ver los pasos
Emite tus facturas

Cada venta necesita una factura hecha con TicketBAI. Lo que lleva depende de quién es tu cliente y dónde está.
Antes de empezar
0 de 2 listos · Guardado solo en este dispositivo
Qué te permite
Qué poner en la factura
| Tu cliente | IVA español | Retención del IRPF que te hace el cliente | Qué debe figurar en la factura |
|---|---|---|---|
| Una empresa o un profesional en España | Sí | Por actividades profesionales (sección 2 del IAE): 15 %, o 7 % en tu año de inicio y los 2 años siguientes | El IVA y la retención |
| Una empresa de otro país de la UE | No | No | El número de IVA intracomunitario del cliente y la mención "inversión del sujeto pasivo" |
| Un particular en España | Sí | No. Los particulares no practican retenciones | El IVA. Sin línea de retención |
| Una empresa de fuera de la UE | No | No | No hay una mención fija. Lo habitual: "operación no sujeta a IVA" y el artículo de la ley del IVA |
Vender a particulares de otros países tiene sus propias normas: algunas de esas ventas llevan el IVA del país del comprador. Consulta Vender a particulares en el extranjero antes de tu primera venta, con la pregunta que debes hacer a tu Hacienda Foral.
Cómo hacerlo
- Comprueba los datos de tu cliente. Para una empresa de la UE, comprueba su número de IVA en el sistema VIES de comprobación de números de IVA (se abre en una pestaña nueva) de la Comisión Europea. Elige el país del cliente y escribe el número. La respuesta es "Sí, número de IVA válido" o "No, número de IVA no válido". Guarda o imprime la respuesta para tus archivos. Si el número no es válido, pide al cliente que lo revise antes de enviarle la factura.
- Crea la factura en tu aplicación de TicketBAI.
- Elige el tratamiento de IVA correcto y añade la mención de la tabla.
- Envía la factura a tu cliente.
La retención del 7 %
Puedes aplicar el 7 % en lugar del 15 % en tu año de inicio y los 2 años siguientes, si no tuviste actividad profesional en el año anterior al inicio. Comunícaselo por escrito a tus clientes españoles. Ellos guardan tu comunicación firmada.
Errores frecuentes
- Cobrar IVA español a una empresa de otro país de la UE.
- Facturar a una empresa de la UE antes de estar en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI). Consulta Date de alta en tu Hacienda Foral.
- Olvidar que los clientes extranjeros no te practican retención, así que no tienes nada pagado por adelantado.
Desde nuestra experiencia
Fuentes oficiales
- Reglamento de facturación (RD 1619/2012) (se abre en una pestaña nueva)
- Álava: tipos de retención y quién practica retenciones (se abre en una pestaña nueva) (los particulares no)
- Agencia Tributaria: dónde tributa un servicio (se abre en una pestaña nueva) (para un cliente particular, donde estás establecido)
- Comisión Europea: comprobación de números de IVA en VIES (se abre en una pestaña nueva) y qué significan las respuestas de VIES (se abre en una pestaña nueva)
Información gratuita e independiente. No es una web oficial de la administración ni una gestoría. Confirma los requisitos actuales con la autoridad antes de actuar. Las marcas de tu lista y el territorio que elijas se quedan en este dispositivo. ¿Has encontrado algo desactualizado? Escribe a a@halawa.io.